La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) ha informado que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) brinda la posibilidad a los contribuyentes de liquidar sus obligaciones fiscales derivadas de la declaración anual 2026 mediante seis cuotas mensuales consecutivas, sin necesidad de garantizar el interés fiscal. Sin embargo, esta facilidad está condicionada al cumplimiento riguroso de ciertos requisitos y fechas límite. Según Javier Cornelio Román, subdirector de Orientación y Asesoría Chat en Línea en la Dirección de Orientación y Asesoría al Contribuyente de la Prodecon, es fundamental tener claridad sobre las condiciones necesarias para acceder a este beneficio. Conforme a la información presentada en el webinar Declaración Anual 2026: tips prácticos para usar el aplicativo, existen tres condiciones fundamentales que deben satisfacerse antes del vencimiento del plazo legal. En primer lugar, la declaración anual correspondiente al ejercicio 2025 deberá presentarse antes del 30 de abril de 2026. En segundo lugar, el primer pago debe realizarse obligatoriamente en o antes del 30 de abril; si la presentación ocurre en esa fecha pero el pago no se efectúa el mismo día, se pierde automáticamente el derecho a la facilidad de parcialidades y el impuesto debe pagarse de forma íntegra. En tercer lugar, todas las cuotas deben estar saldadas a más tardar el 30 de septiembre de 2026. Es importante que los contribuyentes reconozcan que esta modalidad de pago aplica únicamente para la declaración anual del ejercicio 2025 y no para declaraciones de años anteriores. Adicionalmente, si el contribuyente se retrasa en el pago de la segunda cuota en adelante, puede solicitar una nueva línea de captura para regularizarse; no obstante, esta opción no está disponible para la primera cuota, la cual debe ser liquidada en la fecha establecida. Los contribuyentes deben estar atentos a que correcciones realizadas mediante declaraciones complementarias muy cerca de la fecha límite, tales como el 29 o 30 de abril, pueden generar un retraso de hasta 72 horas en la actualización del aplicativo de declaración anual, lo que podría resultar en que la presentación se efectúe fuera de plazo e inhabilite automáticamente la opción de parcialidades. Por ello, se recomienda verificar con anticipación toda la información precargada para asegurar que cualquier corrección necesaria se refleje oportunamente y se preserve el derecho a utilizar esta facilidad.
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