6a26666e96566

SCJN restaura estructura de Salas tras reconocer limitaciones de reforma anterior

Expertos en derecho constitucional de la UNAM, Juvenal Lobato Díaz y Gerardo Hurtado Montiel, interpretan la creación de dos nuevas secciones en la Suprema Corte de Justicia de la Nación como una admisión implícita del fracaso de la extinción de las antiguas Salas realizada hace menos de dos años, que generó importantes rezagos en la impartición de justicia. Aunque la reciente reforma constitucional aprobada por el Constituyente permanente no lo especifica, ambos juristas coinciden en que las nuevas secciones funcionarían por materias, replicando el modelo que las Salas anteriores mantuvieron durante más de tres décadas, cubriendo asuntos administrativos, laborales, penales y civiles. La nueva estructura hereda varios casos de trascendencia nacional aún sin resolver. Destaca la evaluación sobre la constitucionalidad de la prisión preventiva oficiosa, medida que la Corte Interamericana de Derechos Humanos catalogó como contraria a la Convención Americana. Igualmente pendiente permanece la acción de inconstitucionalidad promovida por el gobierno federal y la CNDH contra las reformas del Congreso de Aguascalientes que redujeron el plazo para abortar de 12 a seis semanas, cuya resolución fue nuevamente aplazada el pasado tres de este mes. También aguarda resolución la contradicción de criterios sobre el Decreto IMMEX, donde contribuyentes reclaman pagar doble Impuesto al Valor Agregado en sus operaciones de importación temporal para exportación. De los 1,417 asuntos heredados como rezago, únicamente 66 permanecían sin resolver al 18 de mayo. Durante ocho meses de labores, desde la sesión inaugural del pleno el 11 de septiembre de 2025, se resolvieron 7,326 asuntos: 1,330 en sesiones plenarias y 5,996 mediante dictamen, alcanzando un promedio mensual de 915 resoluciones. Esta cifra representa un incremento superior al 200 por ciento respecto del mismo lapso del año precedente, cuando se resolvieron 2,558 asuntos, reflejando una transformación significativa en la capacidad resolutiva del máximo tribunal constitucional.

Comparte este post