Los negocios en México que decidan proyectar los encuentros de la Copa Mundial 2026 sin contar con los permisos correspondientes enfrentan sanciones severas que pueden alcanzar los 250,000 Unidades de Medida y Actualización, cifra que representa aproximadamente 29.3 millones de pesos. Según lo establecido por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial y el Instituto Nacional del Derecho de Autor, esta práctica constituye una infracción a la Ley Federal del Derecho de Autor. La mayoría de los casos de incumplimiento ocurren cuando los establecimientos utilizan servicios de televisión por suscripción o plataformas digitales contratadas bajo modalidades de uso doméstico para mostrar el contenido a clientes. Estos servicios están específicamente destinados al consumo privado, por lo que su uso en espacios comerciales, incluso sin cobrar por entrada, configura una transmisión no autorizada. Para llevar a cabo estas transmisiones de forma legal, los negocios requieren obtener una licencia comercial diferente a la que utilizan los consumidores particulares en sus hogares. Las penalizaciones van más allá de las multas económicas. Las autoridades competentes tienen facultades para decomisar equipos como pantallas, proyectores y sistemas de sonido utilizados en la transmisión. Adicionalmente, pueden ordenar el cierre temporal del establecimiento por hasta 90 días como medida administrativa. Los propietarios de derechos, incluyendo la FIFA y empresas televisoras autorizadas, también pueden ejercer acciones legales independientes para reclamar indemnizaciones por los daños ocasionados. El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial y el Instituto Nacional del Derecho de Autor poseen la facultad de aplicar estas sanciones. Ambas instancias pueden iniciar procedimientos administrativos cuando detecten el aprovechamiento indebido de contenidos protegidos, símbolos del evento o cualquier elemento que implique una conexión comercial no permitida. Las recientes modificaciones a la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial también contemplan penalizaciones por ambush marketing, práctica consistente en utilizar un evento de esta magnitud para realizar actividades publicitarias sin autorización.
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