El Tribunal General de la Unión Europea ratificó este miércoles la clasificación de Messenger como plataforma gatekeep o de gran influencia, rechazando así el recurso presentado por Meta Platforms contra esta designación. La sentencia del tribunal, con sede en Luxemburgo, valida la decisión previa de la Comisión Europea que considera a Messenger un punto de acceso esencial para que las empresas se comuniquen con los consumidores, lo que activa las obligaciones impuestas por la Ley de Mercados Digitales. Los magistrados señalaron que la Comisión actuó correctamente al determinar que Messenger constituye una puerta de acceso importante por sí sola. Sin embargo, el mismo tribunal anuló la designación de gatekeep para Marketplace de Meta, determinando que la Comisión no había proporcionado justificaciones suficientes para esta clasificación. Esta última decisión tiene poco impacto práctico, ya que la Comisión Europea ya había retirado dicha designación el año anterior cuando la plataforma no alcanzó los umbrales de usuario requeridos. Meta emitió un comunicado expresando que acoge favorablemente la revocación de la designación para Marketplace, afirmando que nunca debería haberse aplicado inicialmente. La compañía indicó que está evaluando la conclusión respecto a Messenger y analizará próximas acciones legales. La Ley de Mercados Digitales, vigente desde 2023, establece normas específicas para regular a las grandes compañías tecnológicas, estableciendo límites y obligaciones para asegurar competencia equitativa. Meta tiene la posibilidad de llevar este caso ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, la máxima instancia judicial del bloque. El procedimiento se identifica como T-1078/23, Meta Platform contra la Comisión Europea.
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